Las indemnizaciones por accidente de tráfico o fallo médico dependen de las circunstancias personales. Los jueces utilizan un baremo aprobado en 1995 que disecciona el cuerpo humano al milímetro y otorga a cada parte un precio según su importancia.
El baremo valora las secuelas permanentes que resultan del siniestro y el tiempo de curación
La base indemnizatoria se mejora en función de los ingresos y las circunstancias familiares
En caso de muerte, carecer de hermanos puede elevar la cuantía económica en un 30% para los padres.
«Sale por un ojo de la cara», «cuesta un riñón» o, incluso, «un huevo». Son expresiones bastantes comunes para expresar que algo tiene un precio elevado. Pero ¿cuál es precio del cuerpo humano? Depende. Solo hay que echar un vistazo a las sentencias sobre indemnizaciones por accidentes de tráfico o por negligencias médicas para comprobar que no todas las personas valen lo mismo.
Un ejemplo. Un juzgado vasco acaba de condenar a Osakidetza a abonar 40.000 euros a la familia de un hombre de 65 años que falleció en 2010 sin ser tratado de una metástasis de cáncer de vejiga en los huesos. Según la demanda tramitada a través de la asociación Defensor del Paciente, la enfermedad pasó desapercibida para los médicos. 40.000 euros pueden parecer mucho dinero habida cuenta de que se trataba de un paciente oncológico, lo que supone que sus posibilidades de curación eran muy limitadas.
Sin embargo, resulta una cantidad ridícula si se comparan con los 15.000 euros que una mutua acaba de pagar a una camarera diestra por una limitación funcional -que no amputación- del dedo anular de la mano izquierda. La entidad ha llegado a un acuerdo con la joven, representada por el despacho de abogados Gómez Menchaca, para evitar un juicio por la negligente atención sanitaria que se prestó a la camarera tras sufrir un accidente laboral.
¿Como se justifican 40.000 euros por una vida y 15.000 por la parálisis de un dedo anular? La explicación la ofrece José Sánchez Andújar, licenciado en Medicina y Cirugía, especializado en valoración del daño corporal que cuenta con una dilatada trayectoria en peritajes judiciales. «El cuerpo humano o cada una de sus partes no tiene un precio único. Cada persona tiene su propio valor. Depende de la edad, de las circunstancias familiares y también de las profesionales».
En definitiva, a la hora de indemnizar una muerte o una lesión que deja secuelas permanentes no es lo mismo ser joven que viejo, tener hijos o no tenerlos, contar con una prometedora carrera profesional y un buen sueldo que ser alguien con un perfil laboral discreto y salarial normalito.
Como prueba de todo lo anterior, otro ejemplo: la condena de dos millones de euros que la Audiencia de Bizkaia impuso a un cirujano digestivo de Bilbao al que responsabilizó de dejar parapléjico a un hombre de 39 años durante una operación de estómago. En su sentencia, el tribunal tuvo en cuenta, además de la parálisis de las dos piernas, los perjuicios económicos ocasionados al paciente por no poder desarrollar su prometedora profesión de ingeniero, así como los gastos extraordinarios que se vio obligado a afrontar para adecuar su vivienda a su nueva situación. También se valoró, por último, el daño moral que acarrea a unos hijos de corta edad ver a su padre de por vida en una silla de ruedas.
Secuelas y días de curación
Sánchez Andújar explica que en el caso de los accidentes de tráfico, el punto de partida es siempre un baremo recogido en una ley aprobada en 1995 y que cada año se actualiza conforme al Índice de Precios al Consumo (IPC). La función de esta tabla básica es diseccionar el cuerpo al milímetro para otorgar a cada parte de la anatomía humana un precio, en función de su importancia para desarrollar las actividades de la vida diaria.
De forma paralela, valora las indemnizaciones que deben pagarse por las secuelas permanentes que resultan del siniestro. Además, tiene en cuenta el tiempo que se ha precisado hasta la curación. En este apartado, a más días de hospital más dinero. A estos dos conceptos, se añaden, por último, las limitaciones funcionales que acarrea el siniestro no solo para trabajar, sino también para la práctica deportiva y también para llevar a cabo actividades de ocio.
Con estos tres conceptos se calcula una base indemnizatoria que después se puede mejorar en función de los ingresos y de las circunstancias familiares. «En caso de muerte, si la víctima es un joven no es lo mismo que sea hijo único o no», detalla el perito judicial. De hecho, carecer de hermanos supone elevar la cuantía económica para los padres en nada menos que un 30%.
Asimismo, se tienen muy en cuenta las secuelas estéticas porque no es lo mismo dejar de ver pero conservando el globo ocular que perdiéndolo. En este segundo caso, se precisa de una prótesis, con las consecuencias que esto acarrea en cuanto al aspecto físico.
En el caso de las mujeres embarazadas, la pérdida de un feto implica una casuística de lo más variada. Un primer hijo vale más que el segundo o posteriores, 11.284 frente a 7.523 euros. A partir del tercer mes de gestación, el precio del aborto se eleva hasta los 30.000 euros cuando se trata de un primer embarazo, el doble que en el segundo o sucesivos.
La pericia del abogado
En cualquier caso, José Sánchez Andújar resalta que la indemnización final que cobra la víctima o su familia tiene mucho que ver con la pericia del abogado. «De la habilidad del abogado para 'meter caña' depende que se consigan cantidades económicas al alza respecto a las indemnizaciones básicas establecidas en los baremos».
Su larga trayectoria en los jurados le han permitido presenciar múltiples situaciones. De todas ellas, una le ha quedado grabada. Los 2,40 millones de euros (400 millones de las desaparecidas pesetas) que percibió la familia de una enfermera muy joven que quedó en estado vegetativo (en coma) tras un accidente de tráfico. El juez tuvo muy en cuenta la necesidad de disponer de continuo de una persona para atender a la mujer. «El juez fue muy sensible a la trágica situación que tenía que afrontar la familia», recuerda el perito.
A juicio del experto, el cuerpo humano «no debería tener precio» porque cada persona es única y sus circunstancias también lo son. En su opinión, la aplicación del baremo de accidentes de circulación para cualquier otro asunto de responsabilidad civil acarrea «indemnizaciones minimizadas económicamente» debido a que su filosofía de partida es que el usuario de un vehículo «acepta implícitamente un riesgo. Cada vez valemos menos porque las compañías de seguros tienen cada vez más poder», concluye.