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lunes, 5 de agosto de 2013

COMO ES EL NUEVO REGLAMENTO DE CICLOMOTORES Y MOTOCICLETAS.




  • 1Qué es.
    El Nuevo Reglamento General de Conductores, aprobado el 9 de mayo del 2009 por el Consejo de Ministros, tiene el objetivo de acercar la normativa española a la vigente en la Unión Europea en lo referido a la conducción de ciclomotores y motocicletas. Entre las principales novedades de este nuevo reglamento se encuentra la creación de un nuevo permiso de conducir específico para motos de media potencia y el establecimiento de una nueva edad para conducir un ciclomotor.
  • 2Ciclomotores.
    Según el nuevo reglamento, la licencia de ciclomotor (vehículos de hasta 50cc de cilindrada) pasa a denominarse Permiso de Conducir AM. La edad mínima para sacarse este permiso será de 15 años, a diferencia del antiguo reglamento, que fijaba una edad mínima de 14 años. Esta normativa pasará a ser efectiva a partir del 1 de septiembre de 2010. Además, los conductores de ciclomotor no estarán autorizados a transportar pasajeros hasta que cumplan 18 años, excepto aquellos que se hayan sacado el permiso antes del 1 de setiembre del 2008.
    Para poder sacarse este nuevo permiso de conducir, los aspirantes deberán aprobar un examen teórico y una prueba práctica en circuito cerrado.
  • 3Motos de hasta 125cc.
    Quienes conduzcan o pretendan conducir motos de hasta 125cc no tienen de qué preocuparse, ya que no hay previsto ningún cambio. La edad para poder sacarse el carné A1 seguirá siendo de 16 años, siendo necesario aprobar una prueba teórica, una prueba práctica en circuito cerrado y otra en la vía pública.
  • 4Motos de hasta 500cc.
    Una de las principales novedades de este nuevo reglamento es la creación de un nuevo permiso de conducir para motos de potencia media: de 125cc a 500cc. Este permiso, llamado A2, se puede obtener de forma directa si el aspirante tiene 18 años cumplidos y supera las pruebas de conocimiento y aptitud: un examen teórico, una prueba en circuito cerrado y otra en la vía pública. Este permiso también se puede obtener de forma gradual y progresiva si el aspirante ya cuenta con la licencia de tipo A1 con dos años de anigüedad y supera las pruebas prácticas pertinentes.
  • 5Motos de más de 500cc.
    El permiso A, para motos de más de 500cc, también sufre modificaciones con este nuevo reglamento. Antes había que tener 18 años para poder sacárselo, ahora la edad mínima se fija en 20 años y será necesario haber estado en posesión del carné A2 (al ser un carnet nuevo, se tendrá en cuenta por ahora el A1) durante, al menos, dos años, y pasar una prueba de formación específica. Aquellos aspirantes que no estén en posesión del carné A1 y quieran aspirar a sacarse el permiso A de forma directa deberán superar, además de esta prueba de formación específica, una prueba teórica y otra práctica.
  • 6La vigencia de los permisos.
    Los periodos de vigencia de los carnés también cambian. Con el nuevo reglamento, los permisos de conducir AM, A1, A2, A y B se tendrán que renovar cada diez años hasta cumplir los 65, momento a partir del cual tendrán que renovarse cada cinco años. En cuanto a los permisos profesionales (BTP, C1, C, D) se renovarán cada cinco años hasta los 65, y luego cada tres años.
  • 7Cuándo entra en vigor.
    Este nuevo reglamento entra en vigor a los seis meses de publicado en el Boletín Oficial del Estado, (www.boe.es), lo que no será antes de noviembre del 2009. Como ya anunciamos, algunas normas, como la edad mínima para ciclomotores, comienzan a regir a partir de septiembre del 2010.